
La reforma al Código Fiscal de la Federación no otorga facultades para vigilar a los usuarios ni acceder a su información personal; el objetivo es verificar en tiempo real la información contable que las plataformas digitales ya entregan mensualmente al fisco, indicó el administrador general de recaudación, Gari Flores Hernández.
“Es falso que el SAT tenga acceso a datos personales. Esta medida solo busca contrastar los reportes de las plataformas con las declaraciones fiscales para reducir la evasión”, señaló en una reunión con medios.
Indicó que actualmente las empresas tecnológicas informan mensualmente al SAT sobre sus operaciones y retenciones; sin embargo, algunas reportan montos menores a los reales, por lo que con esta reforma el fisco busca detectar discrepancias de manera inmediata, especialmente en plataformas de comercio electrónico, servicios y streaming.
El SAT aclaró que no habrá bloqueos ni sanciones automáticas, y que cualquier diferencia deberá resolverse mediante auditorías o juicios fiscales. La medida entraría en vigor en abril de 2026, una vez concluido el proceso legislativo y ajustados los sistemas tecnológicos.
“No se trata de una ley espía. Es una herramienta contable para fiscalizar correctamente, sin vulnerar la privacidad de los usuarios”, subrayó el organismo.
Fiscalización a personas físicas: sólo en casos con grandes diferencias en declaración
En cuanto a las personas físicas, señaló que solo en caso de que alguien esté vendiendo, por ejemplo, 100 millones de pesos y está declarando nada más 50 millones de pesos, puede haber un tipo auditoría.
“No podemos ni queremos tener acceso a ningún tipo de información que no sea de carácter fiscal. ¿De qué información estamos hablando en este caso? Pues de operaciones de venta, de comercio, a través de plataformas donde fungen como intermediarios”, resaltó.
Explicó que lo único que se está proponiendo es contar con el acceso directo a esa información para contrastar información recibida en declaraciones.
Aclaración sobre el IVA en aseguradoras: estímulo fiscal, no cobro retroactivo
El administrador general de recaudación también rechazó que el acuerdo al que llegó con las aseguradoras sobre el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) afecte las finanzas de las compañías.
“El órgano recaudador sólo va por un pago de entre 20 y 25 mil millones de pesos”, dijo Gari Flores.
Detalló que este acuerdo envuelve a todas las aseguradoras del país, aunque no especificó qué compañía es la mayor acreedora.
Agregó que se trató de un estímulo fiscal que deja en el olvido el IVA no pagado al SAT en años anteriores; es decir, las empresas de seguros sólo deberán pagar el adeudo correspondiente a 2025.
“Con esto justamente se está proponiendo todo lo contrario, en daños financieros o económicos habrá mucha certeza y seguridad para todos”, especificó.
También indicó que para que las aseguradoras gocen de este estímulo deberán además abandonar los litigios o juicios que iniciaron debido al cobro del IVA.
“El primero de los requisitos es que paguen un IVA que se venía acreditando a partir del 2025 y de ahí en adelante. Y el segundo requisito es que se desistan de cualquier medio de impugnación que tuvieran respecto de auditorías que haya realizado el SAT”, señaló Flores.
Añadió que lo que busca el SAT es que las aseguradoras dejen de acreditarse un IVA que no les corresponde.
De acuerdo con Gari Flores, por años estas empresas reclamaron este impuesto pese a que los únicos a los que se les podía retribuir era a los otorgadores de servicios.
“Cuando se contrata la póliza hay un IVA, y este está asociado con la actividad objeto de la institución de seguros y ese IVA es acreditable”, comentó.
Agregó que este tema se vio a nivel gremial; es decir, involucra a todo el sector asegurador, integrado por más de 100 compañías, de acuerdo con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS).
“Es una medida que resuelve de fondo esta problemática, dando certeza jurídica a las instituciones, permitiendo que haya una mayor recaudación para las arcas públicas y que se acabe cualquier tipo de controversia judicial que existiera”, dijo.
Samsung y maquiladoras
Sobre el caso de Samsung, el SAT aclaró que no se trata de un tema exclusivo de la empresa coreana, sino de un conjunto de 534 maquiladoras con permisos de importación temporal.
“Tenemos registradas (maquilas) con una facilidad para aprovechar la importación de productos, una figura que se llama importación temporal de manera virtual”, dijo Flores.
“Esta facilidad es para temas de logística para no incrementar gastos en mercancías que por alguna razón van a entrar al país, pero van a estar de manera temporal para después volver a salir”, agregó.
Indicó que algunas de estas compañías abusaron del esquema, dejando mercancías en el país sin pagar IVA.
Mencionó que solo 24 empresas mantienen litigios activos, y el monto total en disputa es de 16 mil millones de pesos, muy lejos de los 300 mil millones que se han difundido falsamente.
(milenio.com)







