
El pleno del Senado avaló de manera unánime con 110 votos la Ley general para prevenir, investigar y sancionar los delitos en materia de extorsión, que establece un tipo penal único para todo el país y sanciones que van desde los 15 hasta los 42 años de prisión.
El dictamen modificado en comisiones respecto a la minuta enviada por la Cámara de Diputados implicó cambios a 25 artículos y elevó el tipo penal básico de 15 hasta 25 años de prisión, a los que sumarán otros puntos, con base en 34 agravantes referidas al impacto de las diversas modalidades de ese ilícito.
Otro cambio hecho por la cámara revisora destaca que la mayor penalidad para este delito será de 42 años y se aplicará, en general, a los extorsionadores que operan desde los centros penitenciarios, se ostenten como miembros de un grupo criminal o recurra a la violencia física o moral en general, y en particular a quien lo haga con la finalidad de exigir el cobro de un daño derivado de un accidente vehicular, provocado o intencional, conocidos como montachoques.
También se sancionará con hasta 37 años a quien extorsione a grupos de migrantes o utilice información privada de las víctimas, y hasta de 33 años por cobro de piso a quienes realizan actividades empresariales, comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras.
La misma sanción se impondrá a quien exija pagos a candidatos o funcionarios electos.
✅ Por unanimidad, con 110 votos a favor, se aprueba en lo general y los artículos no reservados del dictamen que crea la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, y reforma el Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos…
— Senado de México (@senadomexicano) November 20, 2025
¿Cómo fue la discusión?
Durante la discusión del dictamen, senadores de todos los partidos reconocieron que este delito es el que menos se denuncia debido al temor que provoca en las víctimas, lo cual eleva la cifra negra.
El presidente de la comisión de Justicia, Javier Corral, sostuvo que “no hay duda de que hoy el proceso legislativo consolida un mejor instrumento al servicio del pueblo de México para cerrarle todas las rendijas a los extorsionadores y acotar la impunidad de este lacerante delito, el tercero de mayor incidencia en el país, que, además de afectaciones al patrimonio de las personas, causa también daños de carácter moral, físico o psicológico”.
Añadió que es un delito que además, impregna de desánimo a la sociedad y genera enorme impotencia y frustración a la víctima directa cuando no se castiga ejemplarmente o cuando queda impune; además, “se conoce de complicidades u omisiones en el actuar de la autoridad”.
Por su parte, el presidente de la comisión de Estudios Legislativos, Enrique Inzunza, señaló que “la extorsión es una lacra que afecta las actividades económicas, en algunos casos de comunidades, especialmente vulnera la tranquilidad de las personas. Su expansión actual se ha potenciado con el uso de tecnologías de la comunicación y fenomenologías vinculadas al control territorial de los grupos delictivos”.
“Hay que decirlo claro: es la corrupción que ha permitido que las cárceles y centros penitenciarios se hayan convertido en centros de operación de este delito”.
La senadora Mayuli Latifa consideró que la ley no debe quedarse solo en buenas intenciones y esto ocurrirá si no se dota de recursos para la investigación de los casos de extorsión.
¿En qué consiste la iniciativa?
De acuerdo con el dictamen avalado por el pleno y enviado de regreso a la Cámara de Diputados para su aprobación, esta ley incorpora el establecimiento de que el actuar de las autoridades se debe realizar con pleno respeto de los derechos humanos.
Se adiciona como ley supletoria la relativa a la de ejecución penal, es decir, se propone establecer de manera expresa que, ante lo no previsto en la Ley General que se propone aprobar, será aplicable la Ley Nacional de Ejecución Penal, cuyo objetivo consiste en normar y señalar los procedimientos para la ejecución de penas y prisión preventiva, regulando los medios para la reinserción social de las personas privadas de libertad.
EL DATO
¿Qué es la extorsión?
De acuerdo con el artículo 390 del Código Penal Federal, la extorsión, considerada como un delito de alto impacto, la comete “quien sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, para obtener un lucro para sí o para otro, o causando a alguien un perjuicio patrimonial…”.
Se señala el deber de contar con unidades, ministerios públicos, policías y analistas capacitados, evaluados, certificados y especializados en materia de extorsión, de conformidad con los criterios que establezca el Sistema Nacional de Seguridad Pública y se establece que en aquellas fiscalías o procuradurías que no cuenten con unidades especializadas, en tanto puedan utilizar las relativas al combate del delito de secuestro.
Finalmente, se establece como regla general la imposibilidad de obtener beneficios como libertad anticipada, sustitución, conmutación de la pena o cualquier otro que implique reducción de la condena en el delito de extorsión.
El segundo párrafo abre la posibilidad de otorgar dichos beneficios en casos de colaboración, proporcionando datos fehacientes o suficientes elementos de convicción a la autoridad en la investigación y persecución de otros miembros de la delincuencia organizada, asociación delictuosa, pandilla, o crimen organizado, dedicadas a la comisión del delito de extorsión.
(milenio.com)




