» Ex funcionario público denunciado por acoso podría quedar sin sentencia: Fiscalía de Coahuila

Esta nota fue creada el lunes, 21 junio, 2021 a las 18:27 hrs
Sección: La Provincia

Ninguno de los dos procedimientos legales que se siguen a Iván ‘N’, ex Director del Instituto Municipal de Cultura de Saltillo, podrían terminar en una sentencia condenatoria, al tratarse de ilícitos ubicados en el rango mínimo respecto de los delitos de carácter sexual, señaló el fiscal general del Estado de Coahuila, Gerardo Márquez Guevara.

Explicó que ambas denuncias, una de ellas por la que ya fue vinculado a proceso el pasado miércoles y que corresponde al delito de acoso sexual, pueden culminar de acuerdo a la ley, no solamente en un juicio abreviado, sino también para concluirlo sin una sentencia condenatoria.

“Porque finalmente este delito que se le imputa es lo que se conocía en el código anterior como atentados al pudor, ese es el abuso sexual en este momento, entonces es en el rango mínimo respecto a los delitos de carácter sexual”, expuso.

No obstante, agregó que la sanción que prevé la ley es de 3 a 7 u 8 años de prisión; dependiendo de la conducta específica y de la acumulación, en caso de que sea más de un evento.

Indicó que la tardanza en las indagatorias para construir la carpeta de investigación e iniciar el proceso se debió a que era necesario tener las pruebas y elementos necesarios y adecuados para una judicialización, pero estimó que la segunda denuncia, por violencia de género, sea presentada en breve para su primera audiencia.

“Se está concluyendo la carpeta de investigación, de acreditarse los elementos necesarios para la judicialización se hará en breve, la determinación tendrá que hacerse muy pronto; si ya son suficientes los elementos para acreditar la probable comisión del hecho y la participación de su persona en este hecho, entonces se judicializará”.

Recordó que por lo pronto el pasado miércoles se le vincula a proceso y se apertura el plazo para la investigación complementaria en el primer caso, que reiteró se tardó algunos meses, de agosto a la fecha, debido a “muchos factores, no siempre se tienen los elementos necesarios, adecuados, completos para una judicialización”.

En cuanto al hecho de que no requirió prisión preventiva, dijo que esto no se aplica en ninguno de los dos casos; “hay que recordar que la prisión preventiva es una medida cautelar que se utiliza mientras dura el procedimiento; que solamente los delitos de alta gravedad son los que tienen esta medida, pero ello no implica que al final no pueda imponerse una medida privativa de la libertad cuando se dicta la sentencia”.

(milenio.com)





           



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