» PGR Jalisco continúa emisión de constancia de datos registrales

Esta nota fue creada el lunes, 15 junio, 2015 a las 17:32 hrs
Sección: La Provincia

Guadalajara.- La Delegación de la Procuraduría General de la República (PGR) en Jalisco informó que continua con la emisión de la “Constancia de datos registrales”, desde el pasado mes de marzo de 2012.

Añadió que lo expide a través de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales, en colaboración con la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales y de las Delegaciones Estatales.

La finalidad es verificar la existencia o no de datos registrales del solicitante, derivados de averiguaciones previas del fuero común o federal.

Señaló que la Constancia de Datos Registrales es un documento requerido por las Embajadas o Consulados a los connacionales que desean cambiar de país de residencia, así como dependencias o entidades gubernamentales.

Agregó que se pone a disposición este trámite en las instalaciones de la Delegación de Jalisco, ubicada en avenida 16 de Septiembre número 591, colonia Mexicalzingo, en Guadalajara, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas o al teléfono 39423300.

Precisó que los requisitos para el trámite son: original de la carta de la embajada, consulado o dependencia de gobierno, en la que se solicita la expedición de la Constancia; y dos fotografía a color tamaño pasaporte (una de frente y una de perfil derecho).

Así como identificación oficial vigente, comprobante de domicilio, acta de nacimiento, en caso de ser extranjero forma migratoria FM-2 o FM-3, comprobante de pago mediante formato de pago e5CINCO, que se localiza en la página de internet www.pgr.gob.mx, y en caso de ser ciudadano mexicano cartilla militar.

Subrayó que desde 1991, el trámite se realizaba exclusivamente en las oficinas de la Dirección General de Procesos Penales Federales de la PGR en el Distrito Federal.

Ello generaba gastos al solicitante, quien tenía que trasladarse a la ciudad de México en dos ocasiones, la primera para solicitar la constancia y la segunda para recogerla.

Puntualizó que este trámite podrá realizarse sin ser necesario presentar la Constancia Única de Registro de Población (CURP).

Destacó que el acuerdo establece que se incrementa la vigencia de la constancia de 15 a 30 días naturales, con lo que el solicitante puede contar con mayor tiempo para concretar sus trámites ante la autoridad diplomática correspondiente.





           



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