» Aprueban en comisiones reforma electoral que beneficia a partidos políticos de reciente creación

Reforma electoral
Esta nota fue creada el miércoles, 28 abril, 2021 a las 14:24 hrs

A menos de 40 días de la jornada electoral de 2021, diputados de la Comisión de Gobernación que encabeza el morenista Jaime Humberto Pérez Bernabe, aprobaron una reforma electoral que busca beneficiar, localmente, a los partidos políticos de reciente creación al modificar los criterios para la pérdida de registro.

En clara contravención a lo que marca el artículo 105 apartado II inciso i tercer párrafo que a la letra señala “las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”, los legisladores modificaron el artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos.

Dicha reforma elimina unos de los requisitos esenciales por los cuales los partidos políticos locales pueden perder su registro.

De acuerdo al artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos, donde se establecen las causales para la pérdida de registro de un partido político, en el párrafo b establece que:

“No obtener en la elección ordinaria inmediata anterior, por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones para diputados, senadores o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, tratándose de partidos políticos nacionales, y de Gobernador, diputados a las legislaturas locales y ayuntamientos, así como de Jefe de Gobierno, diputados a la Asamblea Legislativa y los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, tratándose de un partido político local”.

Esta redacción, según su promovente, el diputado Alejandro Viedma Velázquez, de Morena, contraviene el texto Constitucional, al afirmar que ésta no prevé el supuesto que “vincule la pérdida del registro por no obtenerse el porcentaje citado en las elecciones de los ayuntamientos en el caso de los Estados y de las elecciones de los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, ahora Alcaldías de la Ciudad de México”.

Por lo que propuso que, en el caso de elecciones locales, solo se contabilice la votación para “Gobernador o diputados locales” para determinar si los partidos políticos mantienen o no su registro.

Aunado a esto, el morenista sustentó su propuesta con la sentencia de la Corte de febrero de 2016 (69/2015 y acumulados 71/2015 y 73/2015), que determinó la invalidez del artículo 95 de la Constitución local de Tlaxcala, que disponía como requisito para la conservación del registro de un partido político local, “el haber obtenido el tres por ciento del total de la votación valida emitida en las elecciones de ayuntamientos”.

Este argumento fue rechazado por la diputada de Movimiento Ciudadano, Martha Tagle, quien señaló que la sentencia era específica para el estado de Tlaxcala y no incluía a la Cámara de Diputados y que, en todo caso, el periodo para realizar reformas electorales estaba limitado por la propia Constitución Política.

La reforma fue turnada a la Mesa Directiva para su turno al Pleno.

El próximo 6 de junio se votará para elegir a 500 diputados federales, 15 gubernaturas, 30 congresos locales y 1,926 ayuntamientos en 30 entidades





           



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