
Con la misma base de que no existe una sola prueba de que los acordeones realmente fueron distribuidos por un tercero y usados por la ciudadanía en la elección judicial, la mayoría del Tribunal Electoral validó los resultados del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ).
En esta ocasión, a diferencia de la validez de la Suprema Corte de hace una semana, la mayoría de la Sala Superior también concluyó que no hubo intervención de Morena para financiar esos acordeones e influir en los resultados, y que por lo tanto, los había hecho la ciudadanía para guiarse en una votación tan compleja.
Infundados, argumentos para anular elección
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña presentó un proyecto en el que sostuvo que no había evidencia alguna de que la ciudadanía haya usado, leído y obedecido los acordeones o que Morena los pagara para influir en los resultados; en contraste con el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón quien presentó un proyecto en sentido contrario pero que el resto de las magistraturas ni siquiera debatieron.
De la Mata Pizaña explicó que los 87 acordeones físicos, los 225 acordeones digitales; tres videos de TikTok, 47 publicaciones de Facebook y 16 publicaciones de X con fotografías de acordeones, y 34 notas de medios de comunicación que fueron aportadas como pruebas en el expediente, son técnicas o privadas, por lo que “en forma alguna prueban ni siquiera la existencia de acordeones y ninguna distribución”
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón devolvió la misma estrategia que usó hace una semana Felipe de la Mata para cuestionar la solidez del proyecto, aunque mientras el segundo abordó dudas durante 45 minutos ininterrumpidos, el segundo agotó su argumento en cinco minutos, pero sin dejar de destacar que así como para la mayoría no se puede probar la intervención ilegal de terceros, tampoco se podía concluir que la ciudadanía los hizo libremente con diseño y contenido exacto en todo el país.
“Se asume que debe existir una prueba directa de que un ciudadano o la ciudadanía en general haya sido presionada para acreditar la coacción al voto, así como pruebas a cuantos ciudadanos se les entregan los acordeones y que se hayan usado efectivamente en la jornada electoral. El proyecto prácticamente exige que se pruebe que los acordeones fueron distribuidos en cada una de las casillas, que fueron usados por las personas votantes y que votaron conforme a ellos modificando con ello la forma en la que originalmente iban a votar, incluso hace afirmaciones de que se debe demostrar que cambiaron el sentido de su voto.
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“¿Cómo se puede probar esa hipótesis?, ¿las candidaturas tenían que preguntarles a todos los votantes cómo votaron, tenían que demostrar la intención o el motivo que llevó a cada persona a votar en algún sentido, no es esto contrario a la secrecía del voto y, en todo caso, constituiría una prueba ilegal?, ¿cuál es el estándar probatorio que se utiliza en el caso?
“A mí me parece que no se explicita alguno, se señala que las irregularidades deben estar plenamente acreditadas, pero sólo se descalifican las pruebas a partir de afirmaciones dogmáticas que lejos de evaluar el expediente, el caso a partir del diseño constitucional y legal de la elección justifica lo que pretende justificar”.
Felipe de la Mata replicó que “se me muchísimas maneras de saber si son distribuidos, por ejemplo, levantando entrevistas, efectivamente. Pero esos son los estándares normales”.
E insistió en que el dato objetivo “que desmonta la narrativa de ilicitud de los acordeones”, es que el INE solamente en 13 casillas de 83 mil 956 instaladas en todo el país, acreditó su uso.
Rodríguez Mondragón concluyó que “este precedente es preocupante desde dos aspectos: primero, como ya dije, que ante potenciales violaciones a principios constitucionales se utilice una metodología de análisis segmentada y superficial. Ello no es acorde con la línea jurisprudencial que hasta recientemente tenía este Tribunal Constitucional.
“Y segundo, considero alarmante el estándar probatorio que se exige para tener como probada una irregularidad sucedida en el marco de una elección. Lo que este proyecto le exige a las partes es la producción de evidencia, que en la doctrina se conoce como pruebas imposibles o diabólicas”.
La magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Mónica Soto quien hace una semana pidió tocar uno de los acordeones que Rodríguez Mondragón llevó como pruebas, insistió en que se sentían como recién impresos, por lo que no había evidencias de que realmente fueron usados en la elección.
“No hay una sola prueba que haga constatar que los acordeones que están en el expediente hayan sido utilizados o hayan influido en la votación. No podemos pasar del pensar que sí, a la determinancia. En este expediente como en el anterior no hay una sola prueba, los acordeones que están en los expedientes no están probados que fueron utilizados ni mucho menos que incidieron, porque también queda la duda de si se imprimieron después de la jornada electoral, en fin, no hay una sola prueba de ello como para pretender anular una elección.
“¿Cómo les explico? Lamentablemente para algunos, con eso no se puede anular una elección porque no hay una sola prueba, yo pedía una sola prueba para poder entrar al análisis real de la posibilidad de una elección. No se ha presentado una sola prueba, que adminiculada con otras pueda generar alguna duda o, en fin”.
Con esta votación quedó cerrada la validez de las elecciones judiciales nacionales, tras haberse aprobado la semana pasada la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y este martes el Tribunal de Disciplina Judicial, además de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó intacta la elección de la Sala Superior al desechar las impugnaciones que se presentaron.
El Tribunal de Disciplina Judicial
El nuevo ente se encargará de remover a jueces corruptos o a magistrados que abusen de sus cargos, o deslindar responsabilidades ante acusaciones de supuestas colusiones.
El Tribunal Judicial de Disciplina (TDJ) suplirá al Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
Los futuros magistrados desempeñarán sus funciones en el TDJ por los siguientes seis años, serán reemplazados de manera escalonada y no van a poder reelegirse. Ellos entrarán en función a partir del 10 de septiembre de 2025.
(milenio.com)