» Administradores de condominios en DF deben acreditar curso especial

Esta nota fue creada el martes, 13 enero, 2015 a las 14:22 hrs

El Gobierno del Distrito Federal dio a conocer diversas reformas a la Ley de Propiedad en Condominio, entre las que destaca que para ser administrador de un conjunto habitacional se debe acreditar el curso que imparte la Procuraduría Social (Prosoc) en esta materia.

En el decreto publicado en la Gaceta Oficial capitalina, detalló que será la Asamblea General de condóminos la encargada de nombrar al administrador, quien tendrá plena validez frente a terceros y todo tipo de autoridades.

Ello siempre y cuando acredite su personalidad con el registro de administrador vigente emitido por la Prosoc. Después de su designación, el administrador deberá asistir a los cursos de capacitación y actualización, en un término de 30 días naturales.

En el caso de administrador profesional, éste deberá acreditar la evaluación para la certificación.

Indicó que los Administradores o Comités de Vigilancia que no hagan un buen manejo o vigilancia de las cuotas de servicios, mantenimiento y administración, o que se ostenten como tal sin serlo, serán sancionados con multas que van de los 10 a los 300 días de salario mínimo.

Además de la modificación referente a la administración de los conjuntos habitacionales, se detallaron ajustes sobre la conformación y funciones de la Asamblea General de condóminos, la integración de los diferentes comités, así como del Programa Interno de Protección Civil y las cuotas.

De acuerdo con el documento, las reformas y adiciones son a los artículos 2, 3, 16, 29, 30, 32, 33, 38, 40, 41, 42, 43, 44, 48, 53, 56, 59, 63, 64, 79, 80, 81, 82, 84 y 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles en la ciudad de México.

Con la publicación de este decreto, que entrará en vigor a partir de mañana, se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo que el mismo establece.





           



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