» Declara INE infundada queja contra López Obrador

Esta nota fue creada el jueves, 23 abril, 2015 a las 23:29 hrs

Con dos votos en favor y uno en contra, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró infundada una queja presentada por el PAN y PVEM en contra de Andrés Manuel López Obrador, por la utilización de un auditorio propiedad de la iglesia católica en 2014 en Autlán, Jalisco.

Los integrantes de la comisión, los consejeros Beatriz Eugenia Galindo, Adriana Margarita Favela y José Roberto Ruiz, determinaron sin embargo dar vista a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE para que determine si el uso en 2014 del auditorio representa una aportación en especie prohibida por la ley.

Durante la 58 sesión extraordinaria urgente, la consejera Beatriz Eugenia Galindo votó en contra del proyecto, al considerar que sí existe una violación al Artículo 130 Constitucional, inciso “E”, que prohíbe celebrar en los templos reuniones de carácter político.

Ello derivado de la queja que presentaron por separado los días 25 y 29 de junio de 2014 los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y Acción Nacional (PAN) en contra de López Obrador y Morena por la utilización del Auditorio “San Román Adame”, ubicado a un costado de la parroquia de la Señora de la Soledad, en Autlán, Jalisco.

“Por los elementos que contiene en su interior (el auditorio como una cruz y un crucifijo), yo lo ubicaría que está prohibido reuniones de carácter político y que en el propio proyecto se reconoce que sí fue una reunión de carácter político”, argumentó.

Entonces, añadió, “mantengo mi postura en cuanto a que sí hay una violación a la norma y, por tanto, se debe aplicar una sanción”.

Contrario a ello, el consejero José Roberto Ruiz Saldaña, integrante de la comisión, dijo no compartir la idea de que la presencia de López Obrador en el referido auditorio vulnere el principio de la separación Estado-iglesias.

Explicó que conforme al Diccionario de la Real Academia “separar es establecer distancia o aumentarla y yo creo que en este caso que ha discutido sí existió distancia entre ambas esferas”.

De su lado, la consejera electoral Adriana Margarita Favela, quien también votó a favor del proyecto, indicó que si bien el 130 constitucional prohíbe la celebración de reuniones de carácter político en los templos lo cierto es que primero debe determinarse si el inmueble ostenta o no ese carácter.

Indicó que conforme a la investigación realizada se pudo constatar que el inmueble no está destinado al culto religioso, “entonces yo por eso estoy a favor del proyecto y lo votaría en sus términos y no es que aquí no se quiera respetar el Artículo 130”.

Pero lo cierto es que, “en este caso, donde se llevó a cabo una conferencia por Andrés Manuel López Obrador no tiene la calidad de templo y por eso coincido con el sentido del proyecto”.

Además una cosa es utilizar los símbolos religiosos para lograr para convencer a los ciudadanos respecto a adoptar una postura y otra que en un lugar haya símbolos religiosos, los cuales no son utilizados para determinado fin político, por lo que no hay en este caso una vulneración al 130 Constitucional.

La consejera Pamela San Martín, quien acudió a la sesión y tiene voz pero no voto, propuso dar vista a la Comisión Técnica de Fiscalización para que se determine si el uso del auditorio representa una aportación en especie, lo cual está prohibido por la ley electoral.

Precisó que aunque en el auditorio se informó que se llevan a cabo diversos eventos, lo cierto es que el espacio es administrado por una asociación religiosa, bajo el argumento de que “este lugar se lo prestamos a quienes nos lo pidan, o sea es una aportación para un evento político”.

Es decir, durante el evento se habló de la reforma energética en el marco de diversos partidos políticos para promover una posible consulta popular en este sentido.

Aunque la propia Secretaría de Gobernación (Segob) no reconoce que el lugar está destinado al culto público y la propia parroquia asegura que no se llevan a cabo eventos de tipo religioso, “sí tenemos esa obligación de los partidos de no recibir ningún tipo de aportación”.

Entonces “no sé si es algo por lo debíamos dar vista a Fisca y que sea Fisca quien resuelva si estamos en una infracción o no (…) porque sí es una novedad de la legislación (…) el no recibir ningún tipo de apoyo económico, político o propagandístico” proveniente de las iglesias.





           



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