» INE revisará paridad de género en candidaturas

Esta nota fue creada el miércoles, 21 enero, 2015 a las 19:02 hrs

El Instituto Nacional Electoral (INE) revisará que los partidos cumplan de forma puntual con el principio de paridad de género en la postulación de sus candidatos a cargos de elección popular, informó el consejero presidente, Lorenzo Córdova.

En sesión extraordinaria donde dio por recibido un informe en la materia, Córdova Vianello explicó que la paridad 50-50 en términos de género se deberá traducir en los nombres y apellidos de las mujeres y hombres que cada uno de los partidos políticos presentará como sus candidatos.

“Habrá un segundo momento de revisión, esto es importante puntualizarlo, por parte de este Consejo General, que ocurrirá de cara al registro de las candidaturas, cuando se presenten ante la Institución los distintos candidatos que implica la traducción práctica de lo que hoy son buenas noticias”, resaltó.

La paridad en las candidaturas es sin duda, producto de una historia compleja, de altibajos y que no estuvo exenta de episodios lamentables pero que al final del día culminó con un amplio consenso plasmado en la Constitución, anotó el consejero presidente.

Al respecto, la consejera Pamela San Martín expuso que el Informe da cuenta de las medidas, criterios y plazos que adoptaron los partidos políticos, atendiendo al mandato del INE para informar el método de selección de sus candidatos, así como fechas y plazos de cada una de sus actividades.

Dijo que mediante el Informe se puede verificar que tanto el procedimiento como el método de selección adoptado por los partidos cumplan con las disposiciones de la legislación vigente y la normatividad interna de los partidos.

Además, “que los criterios adoptados para garantizar la paridad de género en la postulación de sus fórmulas fueran objetivos y, en su caso, impidieran asignar exclusivamente a alguno de los géneros los distritos en que el partido obtuvo los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral anterior”.

En síntesis, “este proceso es fundamental porque permite saber cuáles son los métodos de selección y los criterios para garantizar la paridad que utilizarán los partidos políticos y que ajustándose a la legislación vigente, protegen los derechos de quienes participarán los procesos internos de selección, ya sea en su carácter de militantes o de ciudadanos externos”, enfatizó.

De acuerdo con la ley electoral, los partidos deberán promover y garantizar la paridad de género en la postulación de sus candidatos a los cargos de elección popular para la integración del Congreso de la Unión, las legislaturas estatales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Además, cada partido determinará conforme a sus estatutos, el procedimiento aplicable a la selección de sus candidatos a cargos de elección popular, según los comicios que se traten, el cual deberán informar al Consejo General dentro de las 72 horas siguientes a su aprobación.

Para ello, deberán señalar la fecha del inicio del proceso interno, el método o métodos que utilizarán, la fecha para la expedición de la convocatoria, los plazos que comprenderá cada fase del proceso interno, los órganos de dirección responsables de su conducción y vigilancia.

De igual forma, deberán fijar la fecha de celebración de las asambleas nacional, estatal, distrital o en su caso, de realización de la jornada comicial interna.





           



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