» Juzgado niega suspensión contra gasoducto en Nuevo León

Esta nota fue creada el viernes, 6 febrero, 2015 a las 20:57 hrs

El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el estado de Nuevo León negó la suspensión definitiva solicitada por un particular que pretendía frenar la construcción de la fase II del gasoducto “Los Ramones”.

La instancia jurisdiccional informó que tomó esa decisión por considerar que detener dicha obra contraviene el interés colectivo de una sociedad interesada en la distribución segura y eficiente de los hidrocarburos propiedad de la nación.

Además, se ponderó el interés colectivo sobre el particular y se protege el interés social, y se garantiza que no se contravienen disposiciones de orden público, con base en lo dispuesto en la fracción II, del Artículo 128 de la Ley de Amparo, subrayó.

Al valorar los elementos de prueba proporcionados por el quejoso, la autoridad jurisdiccional resolvió, en el juicio de amparo 6/2015, que no se reúnen los requisitos para conceder la medida cautelar solicitada.

Al analizar el marco normativo que regula a Petróleos Mexicanos, así como la administración y disposición de los hidrocarburos propiedad de la nación, estableció la legalidad de dicho proyecto, cuyo objeto es distribuir esos hidrocarburos.

Por tanto, frenar la construcción contravendría el interés colectivo ya que la sociedad está interesada en que se distribuya con seguridad y eficiencia los hidrocarburos propiedad de la nación, aseveró dicho juzgado federal.

Detalló que el quejoso, dueño de un terreno en Rincón del Valle, municipio de Los Ramones, en Nuevo León, solicitaba la suspensión definitiva para frenar los trabajos de excavación que se realizan en su propiedad y otras aledañas en las que se desarrolla el citado proyecto.

En el juicio de amparo 6/2015 el quejoso reclamó la aprobación, expedición, publicación y ejecución del decreto del Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, que adiciona dicho proyecto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2014.

También argumentó la falta de notificación del procedimiento del decreto expropiatorio, así como la omisión de pagar la indemnización a valor comercial.

Por último, la autoridad jurisdiccional acordó diferir la audiencia incidental para el próximo 25 de febrero, para que la totalidad de las autoridades señaladas como responsables rindan los informes solicitados.





           



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