» Magistrada propone librar a Ebrard y Sheinbaum de tres denuncias por actos anticipados de campaña

Esta nota fue creada el martes, 24 enero, 2023 a las 22:35 hrs

La magistrada Mónica Soto propuso tres proyectos en los que propone en casos distintos, determinar que el canciller Marcelo Ebrard, y la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, no incurrieron en actos anticipados de campaña para promocionarse rumbo a la renovación presidencial por aparecer en portadas de revistas o por participar con gobernadores electos en eventos culturales.

Las denuncias por actos anticipados de campaña en contra de los aspirantes presidenciables de Morena se siguen acumulando, y este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolverá tres casos más a cargo de la magistrada Mónica Soto.

En los tres casos, en los proyectos de los que MILENIO tiene una copia, la magistrada propone confirmar resoluciones previas del Instituto Nacional Electoral y de la Sala Regional Especializada del TEPJF donde ya se habían descartado ilícitos electorales, por actos anticipados de campaña de ambos funcionarios.

En el primero, en contra de la jefa de Gobierno, la magistrada confirma que Claudia Sheinbaum no incurrió en ilícito al participar en eventos el 23 de julio en Hidalgo con Julio Menchaca como gobernador electo y el 24 de julio en Colima con la gobernadora Indira Vizcaíno, en un encuentro sobre la reforma electoral.

“No se advirtieron manifestaciones explícitas, unívocas e inequívocas de apoyo o llamamiento a votar a favor o en contra de alguna precandidatura, candidatura o partido que incidiera en la elección presidencial. Y también se confirma la inexistencia del uso indebido de recursos públicos”, propone la magistrada en definitiva.

Mientras que en los juicios contra el canciller Marcelo Ebrard se deben a impugnaciones porque la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE las desechó porque consideró que no había elementos para analizarlas.

Ambas se tratan de denuncias ciudadanas en las que se le acusan al canciller de actos anticipados de precampaña y campaña, detrimento del principio de equidad, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.

En la queja, que implica que el canciller apareció en la portada de una revista y que incluyó espectaculares para promoverla, la magistrada confirma el desechamiento porque se trata de una publicación que “obedeció a labor periodística informativa y no a una contratación”.

Por lo que concluye que “no existían elementos mínimos que pudieran suponer la realización de actos anticipados de campaña”, pues incluso, se trató de una entrevista por la IX Cumbre de las Américas, es decir, “como parte de las funciones propias de su cargo”.

(milenio.com)





           



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