Gobernadores morenistas enviaron una carta amicus curiae a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con la que piden que los derechos de las víctimas y la Constitución se prioricen por encima de lo emitido por instancias internacionales en materia de prisión preventiva oficiosa en delitos de alto impacto.
En una carta publicada en redes sociales, los mandatarios escribieron que: “es necesario enfatizar que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son en efecto vinculantes; sin embargo, estas deben estar armonizadas y nos transgredir el contenido de nuestra Constitución previo pronunciamiento de la Suprema Corte.”
En resumen, los morenistas pidieron que haya equilibrio entre el respeto a los derechos humanos de las víctimas y a las leyes internas del país.
Explicaron que la prisión preventiva oficiosa forma parte de una estrategia de combate al crimen que permite una adecuada conducción del proceso penal, esclarecer los hechos, proteger a las víctimas y evitar la impunidad.
Además, detallaron que al tratarse de delitos de alto impacto, en caso de que no hubiera una prisión preventiva de oficio, sólo un juez podría decretarla en caso de que fuera necesario para garantizar la comparecencia de los acusados.
Con base en la Constitución, los mandatarios concluyeron que: “es válido concluir que de otorgársele preferencia a una norma de carácter internacional sobre el derecho interno se traducía en afirmar que un tribunal contencioso del ámbito internacional tendría el alcance de inaplicar en sentido práctico una norma de rango constitucional”, lo que según los morenistas, vulneraría a la Constitución.
Caso se prisión preventiva oficiosa
¿Qué es la prisión preventiva?
La prisión preventiva es una figura legal que permite encarcelar a las personas sin la necesidad de una condena previa. Es una medida cautelar impuesta por un juez que consiste en privar de forma temporal a una persona de su libertad.
Nuestras leyes establecen que la prisión preventiva es una medida que se aplicará cuando se trate de un delito que merezca pena privativa de libertad, esto quiere decir, que una persona estará en prisión mientras se determina si cometió o no el delito.
La prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, salvo que su prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado. Si cumplido este término no se ha pronunciado sentencia, el acusado será puesto en libertad de inmediato mientras se sigue el proceso, sin que ello impida imponer otras medidas cautelares.
Ante las implicaciones de esta figura y la importancia de sus limitaciones, Alvar Contreras precisó que un ingreso injustificado “afecta su dignidad humana, su libertad de tránsito y su derecho a un debido proceso”.
¿Qué es un Amicus Curiae?
La SCJN indica que los amicus curiae son informes técnicos que presentan personas ajenas a un litigio, pero que tienen interés en la materia, con la intención de brindar argumentos para la resolución de un asunto, dar su opinión jurídica, proporcionar información sobre el caso o alertar sobre posibles efectos de una decisión.
(milenio.com)