» Niegan amparo a Radio Sonora por preponderancia

Esta nota fue creada el jueves, 5 marzo, 2015 a las 18:53 hrs

El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica negó un amparo a Radio Sonora, integrante de Grupo Televisa, y confirmó que la primera es agente preponderante en el sector de radiodifusión.

Lo anterior al resolver el amparo en revisión 65/2014 que promovió Radio Sonora, al cuestionar la resolución de un Juzgado de Distrito que lo consideró como parte del grupo de interés económico declarado preponderante en el sector de radiodifusión.

Luego de resolver que no había violaciones legales en el fallo del Instituto Federal de Telecomunicaciones, el juzgado y la Primera Sala coincidieron que en el juicio se probó que la quejosa pertenecía a dicho grupo de interés.

La declaración de preponderancia no sólo se debe atribuir a “un agente económico”, sino también a un grupo de interés económico, pues este concepto no se asocia a una persona física o jurídica, sino a la forma en que los sujetos intervienen en los mercados y en la economía, establecieron.

El juzgado también acotó que el grupo de interés económico al que pertenece Televisa y un buen número de concesionarios que transmiten sus señales lo hacen con una sola estrategia publicitaria y de comunicación.

Las metodologías para medir las audiencias son distintas para radio y televisión, y no era necesario que la resolución de preponderancia considerara al sector de radiodifusión al ser la televisión radiodifundida la que tiene mayor importancia relativa frente al servicio de Radio Sonora, añadió.

Ello según los documentos relacionados en la resolución reclamada y de los cuales se advirtió que la cantidad y calidad de audiencia que tenía el grupo excedía 50 por ciento de audiencia a nivel nacional, por lo que procedía la declaración de agente económico preponderante.

Luego de esta decisión se considerará a dicho integrante de Grupo Televisa “agente preponderante en el sector radiodifusión/televisión abierta concesionada, lo que implica que se le impondrán medidas necesarias para nivelar la competencia con empresas más pequeñas”.

Entre ellas las referentes a información, oferta y calidad de servicios, acuerdos en exclusiva, limitaciones al uso de equipos terminales entre redes, regulación asimétrica en tarifas e infraestructuras de red, evitar concentraciones de exclusividades para su transmisión, sólo por el grupo televisivo, estableció el juzgado.





           



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