» Retiran registro a candidato independiente a alcaldía de Morelia

Esta nota fue creada el viernes, 6 marzo, 2015 a las 20:31 hrs

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió cancelar el registro del candidato independiente Alfonso Jesús Martínez Alcázar y de los integrantes de su planilla para contender por la alcaldía de Morelia, Michoacán.

Por unanimidad de tres votos de sus integrantes se revocó la sentencia dictada de 4 de febrero de 2015 por el Tribunal Electoral de Michoacán que había confirmado resolución del Consejo General del Instituto Electoral local del 16 de enero de 2015.

Tanto el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) como el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) habían considerado el requisito de elegibilidad relativo a “no haber desempeñado cargo de dirigencia nacional, estatal o municipal en algún partido político, a menos que se haya renunciado al partido un año antes del día de la jornada electoral”.

El requisito está previsto en el Artículo 298, Fracción I, del Código Electoral de Michoacán, y no le era exigible a Martínez Alcázar, toda vez que la norma que lo prevé entró en vigor el 29 de junio de 2014, esto es con posterioridad a la fecha en la que él hubiera tenido que renunciar al partido, 7 de junio de 2014.

La sentencia de la Sala Regional Toluca revocó la anterior al considerar que no existe problema de aplicación retroactiva de la norma y el Artículo 298 del Código Electoral de Michoacán vigente es la norma aplicable a las solicitudes de registro de candidaturas independientes que se presentaron en el proceso electoral en curso.

La magistrada ponente María Amparo Hernández Chong Cuy determinó que en la sentencia se estableció que la aplicación de la Fracción I del Artículo 298 del Código Electoral de Michoacán al proceso electoral en curso no es retroactiva.

Empero, Martínez Alcázar actualizó la prohibición para contender como candidato independiente porque ejerció el cargo de coordinador de los diputados locales de la fracción del Partido Acción Nacional (PAN) y no renunció al partido un año antes de la jornada electoral.

Por ello se concluyó que Martínez Alcázar desempeñó un cargo de dirigencia partidista y actualizó la prohibición establecida en la norma, pues los ejerció desde el 15 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2013.

Así formó parte del Comité Directivo Estatal conforme a lo establecido en los estatutos vigentes en aquel momento, lo que condujo a la sala a ordenar la cancelación de su registro y el de su planilla como aspirantes a candidatos independientes al municipio Morelia, Michoacán.





           



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