
La dirección de lo Contencioso del Senado pidió al Tribunal Electoral que no permita que el INE aplique la revisión de la 8 de 8 contra la violencia a las candidaturas de la elección judicial, pues los requisitos de elegibilidad son una etapa concluida, firme y exclusiva de los Comités de Evaluación.
A pesar de que en los últimos días, el propio presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña ha dicho que pedirán al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que se revisen los perfiles que él mismo remitió al INE pues “unos 20” podrían tener vínculos con el crimen organizado, el mismo Senado presentó una impugnación ante la Sala Superior para que la autoridad electoral no revise si las candidaturas tienen alguna sentencia por delitos de género o son prófugas de la justicia, porque consideró, que esa etapa ya cerró y no se puede volver a revisar en etapa de campañas.
Humberto Acosta Olivar, director de lo Contencioso del Senado, presentó la impugnación al acuerdo que aprobó el Consejo General del INE el pasado jueves, para garantizar el principio constitucional de que personas violentadoras no lleguen al poder, como se aprobó desde la anterior legislatura y se ha implementado en los últimos procesos electorales.
Sin embargo, el titular de lo Contencioso del Senado señaló que en el caso de la elección judicial, la evaluación de los requisitos constitucionales de elegibilidad e idoneidad ya fueron revisados por los Comités de Evaluación, y el TEPJF ha declarado esta etapa concluida.
“Este proceso ya efectuó la etapa a través de los Comités de Evaluación. La propia Sala Superior ha dicho que ya culminaron las etapas de valoración de idoneidad de los aspirantes y la insaculación pública, de ahí que no es factible ordenar a los Comités de Evaluación valorar la idoneidad de los actores o incluirlos”.
En el oficio del que MILENIO tiene una copia, el Senado concluye que “el acuerdo del Consejo General del INE trasgrede desde la óptica de la tutela de los derechos humanos en la vertiente de acceso a la justicia”.
Por lo que considera que pretender volver a revisar los perfiles para rastrear que no hay una sentencia firme por violencia familiar o de género, “no está fundado y motivado”, pues el INE no tiene facultades para “poder verificar los requisitos de idoneidad” otra vez.
“El acuerdo para verificar los requisitos de elegibilidad para el proceso electoral para la elección del Poder Judicial, se estima inconstitucional, inconvencional e ilegal. Ya que esta etapa ha quedado firme de conformidad con el principio electoral de definitividad de las etapas”.
El titular de lo Contencioso en el Senado, también acusa que este acuerdo, transgrede el derecho humano de votar y ser votado, que tanto la constitución y leyes nacionales como acuerdos internacionales, establecen que “no podrá restringirse ni suspenderse”.
”La ciudadanía tiene derecho de contar con información oportuna de las candidaturas. De esta forma, se pide a ese órgano administrativo electoral, que respete las etapas de elección del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación, ya que al no ser así, se estaría violentando el mandato constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024″.
“Ya que es de conocimiento público que en materia electoral sólo existen dos momentos oportunos para la verificación de la idoneidad de las candidaturas, el primero en el registro y el segundo en la etapa de resultados de la votación, el cual, sería el momento oportuno para determinar la idoneidad si es que existiera algún candidato que ha incumplido la ley o afecta a la ciudadanía”.
El Senado pide que sea hasta el final de la votación que pueda llevar a cabo otro filtro, antes de entregar las constancias de triunfo, por lo que ahora, el acuerdo debe revocarse para que no aplique en periodo de campañas.
“Se solicita dejar sin efectos el acuerdo y la autoridad administrativa electoral deberá esperar al momento procesal oportuno para una posible confirmación de la idoneidad de las candidaturas”.
Esta misma semana, el TEPJF turnará el asunto a alguna magistratura para resolverse en la siguiente sesión pública de mayo.
(milenio.com)