
El Tribunal Electoral confirmó decenas de triunfos de magistraturas de circuito y juzgados de distrito, y de cargos judiciales locales; y continuó ordenando al INE devolver triunfos a quienes había declarado inelegibles por considerar que no tenían los promedios académicos legales, así como a las mujeres que se vieron afectadas por la alternancia de género.
Con los precedentes establecidos las últimas dos semanas en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la última etapa para cerrar todas las impugnaciones contra los resultados de la elección judicial, este miércoles resolvieron otro centenar de juicios en los que el pleno se volvió a dividir en dos y hasta en tres visiones de cómo resolver.
El único caso en el que no se logró un consenso y se tuvo que volver a retirar el asunto, lo que ya había pasado en dos ocasiones anteriores, fue el de una magistratura en materia administrativa en el distrito judicial 1 del primer circuito de la Ciudad de México, pues revocar la anulación de la votación de una casilla acabaría revirtiendo los resultados con una diferencia de tan sólo 13 votos.
Se trata del caso de José Arturo Ramírez Becerra quien fue declarado ganador por el INE tras anular la votación de una casilla que de acuerdo con la Sala Superior sí debería de contarse, pero que esto llevaría a que el ganador fuera el que para la autoridad electoral había quedado en segundo lugar.
Por lo que Gaspar Paulín Carmona quedaría con 14 mil 929 votos y José Arturo Ramírez Becerra con 14 mil 916, por lo que se revierte el triunfo y el INE tendría que invalidar la constancia del segundo y entregársela al primero.
Sin embargo, a falta de consenso nuevamente, la magistrada presidenta Mónica Soto pidió al ponente Reyes Rodríguez Mondragón volver a retirar el asunto para seguir analizando si hay o no elementos para considerar la votación de esa casilla y si los 13 votos de diferencia no implicarían otros supuestos de nulidad.
En otros casos se confirmó la anulación de votaciones en casillas que iban de 14 a 71 votos, por lo que no cambiaron los triunfos en ningún caso.
En cuanto a la declaración de vacantes luego de que el INE declaró inelegibles a varios ganadores, tras una nueva revisión de historiales académicos, se siguió el precedente de que el Consejo General no tenía facultades para crear una nueva metodología para promediar el nueve mínimo en especialidad y que fuera en contra de la revisión previa de los Comités de Evaluación, se ordenó un nuevo paquete para revertir vacantes y ordenar a la autoridad electoral reconocer los triunfos.
En este paquete, además, se incluyeron tres casos en los que sí se confirmó que quien ganó no cumplía ni siquiera con el mínimo de ocho en licenciatura, por lo que se ordenó entregarle el triunfo al segundo lugar para no dejar vacante el caso.
Estos casos son en materia administrativa en el distrito judicial 5 en la Ciudad de México, el juzgado en materia penal en el Distrito Judicial 2 en la Ciudad de México y entregar a Erick Adrián García Gómez y el juzgado de distrito en materia laboral en el Tercer Circuito con sede en Jalisco.
Y en cuanto a paridad, la Sala Superior ordenó con mayoría de Mónica Soto, Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón, y los votos en contra de Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, devolverle el triunfo a siete mujeres que habían ganado su elección, pero que por la regla de alternancia de género, el Consejo General determinó por mayoría de votos que le correspondía a un hombre.
Lo que, de acuerdo con el Tribunal Electoral es incorrecto, pues las reglas de paridad, creadas para favorecer a las mujeres, no pueden afectarlas, mucho menos en los casos en los que fueron ellas las que ganaron la elección.
También resolvieron triunfos de magistraturas de circuito y juzgados de distrito en varias entidades, así como triunfos de la renovación de varios cargos de los Poderes Judiciales de Ciudad de México, Sonora, Jalisco, Quintana Roo, Hidalgo, Veracruz, Nuevo León, Guerrero, Puebla, Estado de México, Guanajuato.
Incluida la validez de la asignación de magistraturas del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo, tras determinar que los ganadores no eran inelegibles ni que el diseño o color de las boletas provocó confusión en el electorado.
(milenio.com)