» Buscan legalizar en diversos países gestación subrogada

Esta nota fue creada el viernes, 10 julio, 2015 a las 20:05 hrs
Sección: La Provincia

Villahermosa.- A causa de la demanda existente por los casos de gestación por sustitución a nivel global, se observa en la actualidad una tendencia “legalizadora” en diversos países, señaló la especialista española, Esther Farnós Amorós.

En su conferencia “La gestación por sustitución celebrada en el extranjero. Retos y Perspectivas. Análisis desde el derecho comparado”, mencionó que se trata de un problema que preocupa en España y otras naciones de la Unión Europea, por lo cual es necesario darle respuesta.

Resaltó que hoy preocupa la llamada gestación subrogada internacional, en contraposición con la interna, “porque el turismo reproductivo facilita viajar a otros países, y en este caso como a Tabasco, para conseguir lo que no se nos permite en nuestro ordenamiento interno”.

Al asistir al Seminario Internacional “La Maternidad Subrogada, Retos y Perspectivas”, organizado por el Poder Judicial de Tabasco, resaltó que no se trata de un tema dogmático de discusión, sino de uno que tiene una utilidad práctica clara, y con una demanda en igual sentido.

Refirió que profesores de la Universidad de Edimburgo, elaboraron un informe comparativo en 2010, el cual mostró que de 2006 a 2010, a nivel global había aumentado en un mil por ciento el número de acuerdos de gestación por sustitución celebrados en el mundo.

Expuso que en España ven con curiosidad que cuentan con una legislación liberal desde 2006 en cuanto a reproducción asistida que atrae a ciudadanos de otros países europeos porque esas prácticas no están permitidas en sus naciones.

Por lo tanto, refirió que España es un destino reproductivo, pero en el caso de la gestación por sustitución, manda fuera a sus ciudadanos porque si bien no está prohibida en el país ibérico, es nula y no tiene efectos.

La profesora de Derecho Civil en la Universidad de Pompeu Fabra, en Barcelona, planteó que sería necesario regular de forma correcta y con garantías los ordenamientos internos, pues de ser regulado el tema no habría necesidad “que parejas de españoles viajen a otros Estados”.

Consideró que las posturas a favor y en contra de esa regulación, recurren en argumentos de derechos humanos y prescinden del análisis caso por caso, “que en mi opinión, requiere el interés superior del menor”.

Decir que todo acuerdo de gestación por sustitución es explotador, subrayó, es un argumento falaz y demagógico.

Por ello, propuso revisar cómo se han llevado estos acuerdos y cuál era la situación económica de la mujer gestante.

“A lo mejor si era de Nueva Delhi, reclutada en una granja de mujeres, pues sí podemos considerar que el acuerdo es explotador; pero si era una mujer californiana con dos hijos de una relación anterior y que tiene situación económica estable, me cuesta aceptar que la están explotando y su consentimiento no es libre”, sostuvo.

Ante legisladores locales, abogados y estudiantes de Derecho, mencionó que no debe olvidarse que cuando se plantean estos conflictos como consecuencia del turismo reproductivo, se tiene ya un niño en un país determinado con unos padres comitentes que quieren ser sus padres y una mujer gestante que ha renunciado a la filiación, por lo cual hay que actuar.

La doctora en Derecho puntualizó que existen tres modelos de ordenamientos jurídicos sobre la maternidad subrogada.

El primero es el prohibitivo, sancionado de forma administrativa o penal, entre los que están países como Francia, Alemania, Italia, Austria, en México estados como Querétaro y en Estados Unidos, Arizona, Columbia o Michigan.

El segundo es de ineficacia, como el que se sigue en España, que no está prohibida porque no se incluye en código penal pero no despliega efectos, y es la línea que también se sigue en Coahuila, México.

En el tercero, es el permisivo, que permite la gestación por sustitución ya sea porque así lo tienen reconocido explícitamente en la legislación o porque jurisprudencialmente se admite.

Algunos países la admiten con carácter altruista como Reino Unido, Grecia, Israel, el estado de Nueva York, en Estados Unidos y algunos estados Australianos, así como en Tabasco, México.

Añadió que consultó el Código Civil de Tabasco, donde se permite con fines altruistas, pero donde el gobierno estatal ha insinuado que la realidad va por otros derroteros a lo marcado en el código.

Eso, apuntó, pasa en muchos ordenamientos que se limitan a permitir la gestación por sustitución con carácter altruista, por lo cual hay que revisar la ley y modificarla si se requiere.

“Pero si no se controla bien puede incidir en un mercado negro, es decir, que la gestación siga practicándose pero de forma oculta, y aquí sí hay un peligro claro para los intereses en juego, los del niño, pero también los de la madre gestante”, concluyó.





           



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